EDICIÓN 295 - ENERO 2024
CONTRA LAS AMENAZAS A LA LIBERTAD SINDICAL

La OIT y el derecho a la huelga

Por Alain Supiot*
El derecho a la huelga no es ilimitado y es atribución de los Estados regularlo. Pero la Organización Internacional del Trabajo lo defiende a escala global como herramienta legítima de emancipación frente a los avances sobre los derechos de los trabajadores.
Gustavo Cimadoro (instagram.com/oldemar_cimadoro)

* Profesor en el Collège de France, miembro de la Comisión Mundial sobre el Futuro del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Autor en especial de La Gouvernance par les nombres, Fayard, París, 2015.

Traducción: Emilia Fernández Tasende

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